¿Quiénes califican para el perdón I-601A?

Con el formulario I-601A, es posible acceder a una entrevista con las autoridades migratorias para regularizar su estancia en Estados Unidos; sin embargo, no todas las personas son elegibles para este permiso ¡Aquí te decimos quiénes pueden aplicar para el perdón I-601A!
¿Quiénes son elegibles para el perdón I-601A?

Para que una persona sea elegible para obtener el perdón I-601, necesita cumplir con la totalidad de los requisitos solicitados por el Servicio de Inmigración y Ciudadanía; entre estos, se encuentran: ser mayor de 17 años y estar en Estados Unidos al momento de la solicitud.
Este perdón, en un inicio, estuvo dirigido únicamente a los familiares inmediatos de residentes estadounidenses, pero desde 2016 se encuentra disponible para todas las personas que deseen regularizar su estatus migratorio y que, entre otras cosas, se encuentren en proceso de obtener su visa de inmigrante.
Personas en proceso de obtener su visa de inmigrante

Otro de los requisitos es ser el beneficiario principal de formularios aprobados como I-130, I-140 y I-360, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero, Petición de Ciudadano Extranjero Amerasiano, o permiso especial de inmigrante que ha pagado un formulario de visa de inmigrante.
Para obtener el perdón migratorio por medio del formulario I-160A, el solicitante debe ser seleccionado por el Departamento de Estado para participar en el Programa de Visa de Diversidad, o ser el cónyuge o hijo del beneficiario principal de una visa aprobada de inmigrante.
Personas en riesgo de no ser elegibles para una visa

Otro grupo de personas que son elegibles para solicitar la Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal por medio del formulario I-601A son aquellas que han pasado largos periodos en Estados Unidos sin regularizar su estatus migratorio y que tengan el temor de realizar el trámite para obtener la visa de inmigrante por una posible negativa.
Los inmigrantes que han pasado más de 180 días ininterrumpidos en Estados Unidos, pero que cuya estancia no ha sido mayor a un año, pueden solicitar el perdón migratorio, siempre y cuando cumplan con el resto de los requisitos solicitados por el Servicio de Inmigración y Ciudadanía.

