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Anuncian reformas para extensión de visas y cambio de estatus migratorio

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) informó que, desde el 11 de marzo, cambiará el Formulario I-539, usado para solicitar extensión de visas.
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) informó a través de un comunicado que a partir del 11 de marzo, cambiará el Formulario I-539, utilizado para solicitar extensión de visas o cambio de estatus de ‘No Inmigrante’.

“Rechazaremos cualquier Formulario I-539 con fecha de edición del 12/23/16 o anterior”, informó la entidad federal. Mediante el nuevo formulario, los titulares de visas deberán suministrar información adicional para respaldar su petición de cambio de estatus.

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El nuevo formulario, que sustituirá el Suplemento A del I-539 actual, debe introducirse junto con la planilla principal, dijeron las autoridades.

Todos los solicitantes y co-solicitantes deben pagar una tarifa de servicios biométricos de 85 dólares, con excepción de ciertos no inmigrantes, con calificación A, G y OTAN, como se indica en las nuevas Instrucciones del Formulario I-539.

Otro de los cambios más significativos en esta nueva solicitud implica que cada solicitante y co-solicitante recibirá un aviso de cita de servicios biométricos, sin importar la edad, que contenga su número de recibo individual. Las citas se programarán en el Centro de soporte de solicitudes (ASC) más cercano a la dirección del solicitante principal.

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Cabe recordar que, en Estados Unidos, las visas de ‘no inmigrante’ se conceden a quienes buscan permanecer en el país de modo temporal, ya sea en calidad de turistas, estudiantes, trabajadores, inversionistas o visitantes de intercambio, entre 40 categorías.

Cada visa tiene un periodo de vigencia distinto, depende de su clasificación y del perfil del solicitante; sin embargo, a menudo los extranjeros se ven en la necesidad de prolongar su visa para no perder el estatus legal, o de cambiar de estatus.

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USCIS también anunció que los solicitantes que deseen ser programados en una ubicación diferente de ASC deben presentar un Formulario I-539 por separado.

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Solamente se puede presentar el Formulario I-539A en conjunto con el Formulario I-539; no puede presentarlo como un formulario independiente.

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