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¿Que Pasa con el Seguro Social Cuando una Persona Muere?

Cuando una persona muere, es posible que sus deudos cuenten con ciertos derechos otorgados por el seguro social. Conócelos aquí:
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Foto: Shutterstock
Cuando una persona muere, es posible que sus deudos cuenten con ciertos derechos otorgados por el seguro social. Conócelos aquí:

Beneficio de sobreviviente mensual continuo

Existen diferentes tipos de beneficios otorgados a los familiares de una persona que fallece; entre estos destacan:

  1. Beneficio para viudos o viudas en edad de retiro: 100% de los beneficios obtenidos por el fallecido.
  2. Beneficio para viudos o viudas, a partir de los 60 años: de 71 ½ % a 99% de los beneficios obtenidos por el fallecido.
  3. Viudo o viuda con discapacidad, entre 50 y 59 años: 71 ½ % de los beneficios obtenidos por el fallecido.
  4. Viudo o viuda, de cualquier edad, que sea cuidador de un menor de edad: entre 16 y 75% de los beneficios obtenidos por el fallecido.
  5. Hijos menores de 18 años (19, aún se encuentran en educación elemental o secundaria) o con discapacidad: 75% de los beneficios obtenidos por el fallecido
  6. Padres a partir de los 62 años: (1) padre, 82 ½ % de los beneficios obtenidos por el fallecido; (2) padres: 75% de los beneficios obtenidos por el fallecido.

Datos clave de los beneficios para sobrevivientes del Seguro Social

¿Qué sucede si el fallecido recibió beneficios mensuales?

De acuerdo con el sitio oficial del seguro social de Estados Unidos, “Si la persona fallecida estaba recibiendo beneficios de Seguro Social, debe devolver el beneficio que recibió el mes en que la persona falleció y los meses que siguen.”

¿Quién recibe los beneficios?

¿Quiénes son las personas que pueden recibir los beneficios del seguro social?

Esposas/esposos

Un cónyuge sobreviviente de 60 años de edad o más (50 años de edad o más si está incapacitado.

Un cónyuge sobreviviente de cualquier edad que esté cuidando al hijo de la persona fallecida el cual es menor de 16 años de edad o incapacitado y que está recibiendo beneficios en su registro

Exesposos/exesposas

Un cónyuge sobreviviente divorciado, bajo ciertas circunstancias

Hijos/Hijas

Un hijo soltero de la persona fallecida que es: 

  • Menor de 18 años de edad (o hasta los 19 años de edad si es un estudiante a tiempo completo en una escuela primaria o secundaria); o 
  • Mayor de 18 años de edad con una incapacidad que comenzó antes de los 22 años.

Otros beneficiarios

Un hijastro, nieto, nietastro, o un niño adoptado; y padres, de 62 años o más, que dependían de la persona fallecida por lo menos para la mitad de su manutención.

Jefe sosteniendo un paraguas rojo y defendiendo a su equipo con un gesto de protección. Atención al cliente, atención a los empleados.
Foto: Shutterstock

¿Son elegibles otros miembros de la familia?

Sí. Si la persona fallecida tiene un hijo con una discapacidad que haya iniciado cuando este tenía 22 años.

Bajo circunstancias específicas, también pueden acceder a los beneficios los hijastros, nietos o hijos adoptados.

¿El seguro social paga beneficios por fallecimiento?

Sí. El seguro social asigna una cantidad tabulada a los beneficiarios, de manera que estos reciben una cantidad mensual que se basa en los pagos realizados por el fallecido al seguro social.

Monto de beneficios

Si se alcanza la edad oficial de retiro antes del fallecimiento, los beneficios oscilarán dependiendo de la edad del beneficiario; así, se estima que estos pueden recibir un beneficio de entre $829 y $796 dólares.

FAQs

¿Quién es elegible para los beneficios por fallecimiento del seguro social?

  1. Viudos y viudas
  2. Exesposos y exesposas
  3. Hijos 
  4. Padres
  5. Hijastros
  6. Nietos
  7. Hijos adoptivos

¿Puedes cobrar el seguro social de tus padres cuando mueran?

Sí. Siempre y cuando los hijos no sean casados y sean menores de 18 años al momento del fallecimiento de sus padres; asimismo, podrán cobrar el beneficio los hijos mayores de 18 años que tengan algún tipo de discapacidad que haya comenzado a los 22 años.

¿Cómo solicito el beneficio por fallecimiento del seguro social de $255?

Las personas que soliciten este beneficio deberán presentar documentos como:

  1. Certificado o prueba de nacimiento
  2. Prueba de ciudadanía o de residencia legal
  3. Formularios de pago de impuestos
  4. Certificado de defunción de quien se recibirá el beneficio
  5. Número de seguro social 

Además, el beneficiario deberá responder a una serie de preguntas realizadas por las autoridades antes de que estas procedan con el pago.

¿Qué sucede si no informa la muerte al seguro social?

El beneficiario debe notificar la muerte al seguro social; sin embargo, de no hacerlo de manera personal, la mayoría de las casas funerarias realizarán ese proceso por su cuenta.

Conclusión

Todos los pasos a seguir se encuentran delineados en el sitio web oficial del seguro social, lo cual beneficia a las beneficiarios y los guía para responder todas las preguntas necesarias que ayudarán a conseguir el mayor beneficio según sea su caso.

Fuente: https://www.ssa.gov/benefits/survivors/

Gerardo Valtierra, muerte, periodista, COVID-19
Foto: Shutterstock

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